18/12/2019
1. Prohíbe el uso de motocicletas trimotor destinados a la entrega de productos. Esto es declarado una #BarreraBurocrática porque va en contra a lo dispuesto por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones y la Municipalidad de Lima, quienes establecen que el servicio de transporte de mercadería sí puede ser prestado en vehículos de tres ruedas.
Conoce más en: Artículo 7 de la Ordenanza N° 525/MM
2. Exige que un propietario de un vehículo y/o el prestador del servicio de transporte cuente con un seguro de responsabilidad civil, adicional al SOAT. Esto también es declarado una #BarreraBurocrática debido a que la Municipalidades no pueden exceder lo exigido por el Ministerio de Transporte.
Conoce más en: Artículo 10.1 de la Ordenanza N° 525/MM